Curiosamente continúa el silencio en los canales de información pública (¡Qué bien lo están haciendo, confiamos en que nuestros representantes lo tengan tan estudiado como Caixabank "La Caixa" y sus asesores.
Se ha constituido la mesa oficial de negociación conforme a la Disposición Adicional Segunda de nuestro Convenio Colectivo. Este paso es obligatorio antes de iniciar el correspondiente periodo previo de consultas para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Su composición por la parte laboral en función de la representatividad en CaixaBank es:
- CCOO 47’06% 5 representantes
- SECPB 38,16% 4 representantes
- UGT 11,61% 2 representantes
- SIB 1’81% 1 representante
- FEC 1’36% 1 representante
Además, podrán asistir a la misma un número de asesores:
- 2 por CCOO,
- 2 por SECPB,
- 2 por UGT,
- 1 por FEC
- 1 por SIB.
Los sindicatos ELA, LAB y CGT tendrán voz pero no voto en la mesa de negociación.
La legislación vigente, tras las últimas reformas laborales otorga a las empresas una amplia capacidad de maniobra para proceder a modificar las condiciones laborales de sus plantillas, incluso sin acuerdo con la representación laboral.
Se ha fijado un calendario, con inicio el día 20 de junio y finalización el 16 de julio (con o sin acuerdo), atendiendo al procedimiento formal que establece la última Reforma Laboral.
La reunión convocada para hoy, ha sido un acto puramente formal de constitución de la mesa de consultas con la RLT según el Convenio y calendario de reuniones:
- Reuniones periodo Consultas Convenio: 18, 20, 25, 27, 30 de junio.
- Reunión de cierre del período de consulta establecido en el Convenio: 1 de julio de 2014
Ahora estamos en el período previo de consultas a la representación laboral prevista en el convenio colectivo de cajas, para más tarde, en caso de no llegar a un acuerdo, iniciar el proceso formal del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores, de modificación sustancial de las condiciones de trabajo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
Una vez cerrado el periodo de consultas de 15 días del Convenio, se constituirá una Comisión Negociadora según lo previsto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET) e iniciarán las reuniones de negociación al amparo del mismo:
- Calendario: 2, 4, 8, 10, 11 y 16 de julio de 2014.
RRLL ha avanzado que en las próximas reuniones se explicará la "Memoria justificativa" de las causas que acrediten la aplicación del artículo 41 del ET y que no está previsto que se facilite el documento jurídico de argumentación hasta el final del período de consultas.
La próxima reunión se ha convocado para el próximo viernes, 20 de junio.
- CCOO La dirección convoca a los sindicatos para plantear modificaciones laborales
- SECPB Reunión con la empresa, Comisión negociadora
- UGT Mesa 18 de junio
- CIC-FEC Qué nos preparan ahora, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo
- SIB Este no es buen camino
- SIB (TRAD) Reunión mesa negociadora
Se irá incorporando información según nos llegue
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