miércoles, 18 de junio de 2014

Filled Under: ,

18Junio (Convenio).- Reunión NEGOCIACION VERANO 2014, Constitución de mesa


Curiosamente continúa el silencio en los canales de información pública (¡Qué bien lo están haciendo, confiamos en que nuestros representantes lo tengan tan estudiado como Caixabank "La Caixa" y sus asesores.

Se ha constituido la mesa oficial de negociación conforme a la Disposición Adicional Segunda de nuestro Convenio Colectivo. Este paso es obligatorio antes de iniciar el correspondiente periodo previo de consultas para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Su composición por la parte laboral en función de la representatividad en CaixaBank es:
  • CCOO                    47’06%                5  representantes
  • SECPB                   38,16%                4  representantes
  • UGT                       11,61%                2  representantes
  • SIB                           1’81%                1 representante
  • FEC                         1’36%                1 representante

Además, podrán asistir a la misma un número de asesores: 
  • 2 por CCOO, 
  • 2 por SECPB, 
  • 2 por UGT, 
  • 1 por FEC 
  • 1 por SIB.
Los sindicatos ELA, LAB y CGT tendrán voz pero no voto en la mesa de negociación.

La legislación vigente, tras las últimas reformas laborales otorga a las empresas una amplia capacidad de maniobra para proceder a modificar las condiciones laborales de sus plantillas, incluso sin acuerdo con la representación laboral.
Se ha fijado un calendario, con inicio el día 20 de junio y finalización el 16 de julio (con o sin acuerdo), atendiendo al procedimiento formal que establece la última Reforma Laboral.
La reunión convocada para hoy, ha sido un acto puramente formal de constitución de la mesa de consultas con la RLT según el Convenio y calendario de reuniones:
 - Reuniones periodo Consultas Convenio: 18, 20, 25, 27, 30 de junio. 
 - Reunión de cierre del período de consulta establecido en el Convenio: 1 de julio de 2014 
Ahora estamos en el período previo de consultas a la representación laboral prevista en el convenio colectivo de cajas, para más tarde, en caso de no llegar a un acuerdo, iniciar el proceso formal del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores, de modificación sustancial de las condiciones de trabajo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
Una vez cerrado el periodo de consultas de 15 días del Convenio, se constituirá una Comisión Negociadora según lo previsto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET) e iniciarán las reuniones de negociación al amparo del mismo: 
 - Calendario: 2, 4, 8, 10, 11 y 16 de julio de 2014. 
RRLL ha avanzado que en las próximas reuniones se explicará la "Memoria justificativa" de las causas que acrediten la aplicación del artículo 41 del ET y que no está previsto que se facilite el documento jurídico de argumentación hasta el final del período de consultas.
La próxima reunión se ha convocado para el próximo viernes, 20 de junio.
(Se incorporará toda información que nos llegue)

Se irá incorporando información según nos llegue

¿Que te parece este artículo?, Deja tu comentario 
Nos gustaría completar este artículo con tu comentario. Además si lo consideras útil para tus amigos y seguidores compártelo utilizado los botones sociales.
 

0 comentarios:

Publicar un comentario