Cuidado con las buenas prácticas, y el imperio de la ley, el nivel de profesionalidad debe prevalecer sobre cualquier situación de stress, y presiones de objetivos, como hemos aseverado en varias ocasiones, CUANDO LLEGA LA LEY ESTAMOS SÓLOS ANTE LOS JUZGADOS, me gustaría saber de los compañer@s que intervenieron es esta operación, claro si siguen siendo compañeros...
Un juzgado de Barcelona ha condenado a La Caixa a devolver a un cliente las cuotas abonadas por un préstamo hipotecario vinculado a un "swap", instrumento financiero para proteger préstamos frente a subidas de interés, por entender que el usuario no fue informado de los riesgos que asumía.En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el juzgado mercantil número 1 de Barcelona estima la demanda presentada por un cliente que en enero de 2007 suscribió un crédito hipotecario por valor de 450.000 euros con La Caixa de Pensions, asociado a un "swap" o contrato de permuta financiera.El "swap" es un instrumento financiero que se popularizó entre los años 2006 y 2008, según el cual el banco asume una compensación si los tipos de interés suben y el cliente si bajan, aunque existe un desequilibrio entre ambas prestaciones.El juez considera probado en su fallo que el cliente que suscribió el "swap" era minorista y, sin embargo, no se le hizo el denominado "test de idoneidad" para determinar si el producto financiero, considerado de riesgo, se adecuaba a su perfil como inversor.En opinión del magistrado, en el contrato suscrito por el demandante, representado por el bufete Navas & Cusí Abogados, "no medió información sobre su funcionamiento, ni acerca del peor de los escenarios, ni de cómo la inversión en la tendencia de los tipos de interés podría entrañar una obligación de pago superior al riesgo que se trataba de conjurar al suscribir el producto".Para el magistrado, el cliente tampoco fue avisado acerca de las posibilidades y el precio de la cancelación anticipada y el documento que firmó contenía términos de difícil compresión, con fórmulas matemáticas de liquidación, lo que, según la sentencia, "infringe toda la normativa".El juez considera además que el contrato de "swap" que el demandante firmó con La Caixa de Pensiones es "un modelo estándar, redactado unilateralmente con la única finalidad de cumplir formalmente todas las obligaciones que legalmente le son exigibles y salvar la posible responsabilidad por su incumplimiento".La sentencia da por probado que en este caso existió "un vicio de consentimiento alegado", en el que la entidad financiera incumplió su obligación de informar al cliente "no de cualquier forma, sino asegurándose que permitía comprender cada uno de los concretos riesgos sin omitir elementos esenciales".Todas esas circunstancias llevan al juez a declarar la nulidad del contrato suscrito con la entidad financiera, por incumplimiento de las directivas comunitarias sobre la materia.Por ese motivo, la sentencia obliga a restituir las cuotas derivadas del contrato de permuta financiera anulado, con los intereses que se liquidarán en ejecución de sentencia.Fuentes de La Caixa consultadas por Efe han declinado hacer comentarios sobre el fallo del juzgado mercantil.
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