viernes, 22 de junio de 2012

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Excedencia Especial de Grupo en Caixa

Rescatamos una circular de CCOO de Caixa que emitió el pasado 16 de diciembre de 2011 en la que insta a la empresa a regular los supuestos de excedencias, a este momento no nos consta que este acuerdo se llevara a efecto pero el contenido de esta nota incorpora información cuyo conocimiento puede ser indicativo, es por ello que reproducimos su contenido, la traducción se ha realizado con el traductor de Google ya que la versión que nos ha llegado está en catalán,

Traducido:
"
12/16/2011
Servicios Centrales
 
CCOO planteamos regular la excedencia especial de Grupo con garantías presentes y futuras
Irse a trabajar a empresas del Grupo? ¿En qué condiciones?

Desde finales de julio, en algunas áreas de los Servicios Centrales se propone, a algunas personas, la posibilidad de ir en excedencia especial a empresas del Grupo la Caixa.

Esta política de enviar personal de la Caja a empresas del grupo ha sido frecuente desde hace mucho tiempo y responde, generalmente, a la externalización de tareas concretas. La aceptación de una excedencia de estas características es voluntaria por parte del empleado o empleada existiendo un contrato "tipo" donde se establecen las condiciones. Ahora, CCOO hemos propuesto a la Dirección la actualización y mejora de las condiciones para este tipo de excedencias.

No podemos decidir qué se externaliza pero si negociar las condiciones del personal
CCOO no podemos decidir qué se externaliza, lo que es competencia organizativa de la empresa, pero sí podemos negociar en qué condiciones el personal de la Caja que decida irse en excedencia especial a una empresa del grupo, tenga garantizados todos sus derechos.

La experiencia de CCOO como garantía
Para CCOO esto no es nuevo, ya que el año 2009 cuando la Dirección decidió externalizar parte de los servicios informáticos a SILK, desde CCOO impulsamos y firmar un acuerdo de garantías para toda la plantilla afectada.

CCOO planteamos a la Dirección un modelo de excedencia especial de Grupo
Porque de ofertas para ir a trabajar a empresas del grupo los hay de todos los colores: desde el "porque tú lo vales" hasta ofrecimientos de incrementos del 10%, pasando por promesas de bonos, etcétera. Hay pues establecer unos criterios y que todo el mundo sepa a qué atenerse a la hora de aceptar o no una propuesta de estas características.

Propuesta de condiciones de CCOO para la excedencia especial de Grupo
• Constitución de un modelo general de excedencia con extensión de garantías a los empleados del CaixaBank a empresas del grupo "la Caixa" o empresas en las que la Entidad tenga un interés demostrado.
• Derecho de regreso a CaixaBank ejercida por el empleado en cualquier momento.
• Derecho a un salario de retorno garantizado: el salario de retorno será como mínimo igual al salario que se percibía en la empresa donde se trabajara en excedencia especial.
• La retribución salarial de retorno ajustada al nivel salarial correspondiente a la Caja a efectos, entre otros, de salario pensionable.
• Mantenimiento de los mismos derechos en concepto de préstamos que el personal activo del CaixaBank.
• Mantenimiento de una cobertura sanitaria personal y familiar equivalente a la de la plantilla.
• Disfrute del tipo de interés preferencial a las cuentas corrientes y la exención del pago de gastos y comisiones por servicios bancarios, como el personal del CaixaBank.
• Mientras dure esta excedencia, el empleado o empleada mantendrá la totalidad de los derechos laborales que sean de aplicación a CaixaBank. En el supuesto de que algún derecho de aplicación al CaixaBank no se pudiera garantizar en su totalidad (horario, jornada, días de permiso, etc.) Estudiarán las posibles compensaciones.
• Se complementará la prestación por IT hasta el 100% del total salario percibido los empleados en excedencia especial.
• Los incrementos salariales superiores a los correspondientes a antigüedad y trienios tendrán la repercusión correspondiente al Plan de Pensiones con carácter general (viudedad, orfandad, etc.)
• Se adecuará la situación de las personas actualmente en este tipo de excedencia a las nuevas condiciones que se acuerden."

Quede claro que la anterior circular son propuestas, no hay que ser un Séneca para pensar que si se propone una relación de aspectos regulados y compensativos, es porque no existen, conclusión, quien se vea delante del toro que lo medite con detenimiento y que se asesore antes de pronunciarse, pues lo acordado sí es vinculante. SUERTE A TOD@S

 

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